¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es un procedimiento para incorporar al patrimonio del Ministerio Público bienes muebles e inmuebles, recibidos por actos de donación, tanto de entidades oficiales como privadas o de particulares.
¿Existe normativa?
La Ley de Contabilidad 7764, Capítulo V de la Gestión de Bienes de la Provincia de Buenos Aires, su Reglamentación, en su art. 47 establece la transferencia de bienes realizados entre organismos de la Administración Pública Provincial.
¿Cuál es el ámbito de aplicación?
Es un procedimiento único aplicable en dependencias del Ministerio Público.
¿Qué hace el organismo donante?
La transferencia de bienes entre organismos de la Administración Pública Provincial deberá formalizarse mediante un acto administrativo, resuelto por la máxima autoridad de la organización donante, debidamente facultada, expresando la intención de donación sin cargo y detallando las características que permitan identificar y valuar los bienes a donar. En el caso de donación de bienes por parte de entidades privadas o de particulares, debe constar por acta escrita, el detalle de los bienes a donar, la intención expresa de realizarlo, debidamente rubricada, y algún elemento que permita conocer el valor o justiprecio del bien al momento de su incorporación, ejemplo: factura de compra.
¿Qué hace el Ministerio Público?
Para que el acto se formalice es necesario el dictado de una Resolución de la Procuración General, donde conste la aceptación de los bienes a recibir en donación para su incorporación al patrimonio del Ministerio Público.
¿Qué destino tiene el bien donado?
El destino de los bienes recibidos en donación será dado por el dictado de una Resolución de la Procuración General.
¿Canal de relación: ampliación de Información, seguimiento y reclamo?
El organismo responsable de su aplicación es el Área Rendición de Cuentas y Patrimonio, de la Subsecretaría de Administración, de la Procuración General, sita en el 1er piso del edificio de calle 50 N° 889 / 891 de La Plata - Teléfonos: 412-1012 /1013 – Mail : rendiciones@mpba.gov.ar
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es un procedimiento para incorporar al patrimonio del Ministerio Público bienes muebles e inmuebles, recibidos por actos de donación, tanto de entidades oficiales como privadas o de particulares.
¿Existe normativa?
La Ley de Contabilidad 7764, Capítulo V de la Gestión de Bienes de la Provincia de Buenos Aires, su Reglamentación, en su art. 47 establece la transferencia de bienes realizados entre organismos de la Administración Pública Provincial.
¿Cuál es el ámbito de aplicación?
Es un procedimiento único aplicable en dependencias del Ministerio Público.
¿Qué hace el organismo donante?
La transferencia de bienes entre organismos de la Administración Pública Provincial deberá formalizarse mediante un acto administrativo, resuelto por la máxima autoridad de la organización donante, debidamente facultada, expresando la intención de donación sin cargo y detallando las características que permitan identificar y valuar los bienes a donar. En el caso de donación de bienes por parte de entidades privadas o de particulares, debe constar por acta escrita, el detalle de los bienes a donar, la intención expresa de realizarlo, debidamente rubricada, y algún elemento que permita conocer el valor o justiprecio del bien al momento de su incorporación, ejemplo: factura de compra.
¿Qué hace el Ministerio Público?
Para que el acto se formalice es necesario el dictado de una Resolución de la Procuración General, donde conste la aceptación de los bienes a recibir en donación para su incorporación al patrimonio del Ministerio Público.
¿Qué destino tiene el bien donado?
El destino de los bienes recibidos en donación será dado por el dictado de una Resolución de la Procuración General.
¿Canal de relación: ampliación de Información, seguimiento y reclamo?
El organismo responsable de su aplicación es el Área Rendición de Cuentas y Patrimonio, de la Subsecretaría de Administración, de la Procuración General, sita en el 1er piso del edificio de calle 50 N° 889 / 891 de La Plata - Teléfonos: 412-1012 /1013 – Mail : rendiciones@mpba.gov.ar
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es un procedimiento para incorporar al patrimonio del Ministerio Público bienes muebles e inmuebles, recibidos por actos de donación, tanto de entidades oficiales como privadas o de particulares.
¿Existe normativa?
La Ley de Contabilidad 7764, Capítulo V de la Gestión de Bienes de la Provincia de Buenos Aires, su Reglamentación, en su art. 47 establece la transferencia de bienes realizados entre organismos de la Administración Pública Provincial.
¿Cuál es el ámbito de aplicación?
Es un procedimiento único aplicable en dependencias del Ministerio Público.
¿Qué hace el organismo donante?
La transferencia de bienes entre organismos de la Administración Pública Provincial deberá formalizarse mediante un acto administrativo, resuelto por la máxima autoridad de la organización donante, debidamente facultada, expresando la intención de donación sin cargo y detallando las características que permitan identificar y valuar los bienes a donar. En el caso de donación de bienes por parte de entidades privadas o de particulares, debe constar por acta escrita, el detalle de los bienes a donar, la intención expresa de realizarlo, debidamente rubricada, y algún elemento que permita conocer el valor o justiprecio del bien al momento de su incorporación, ejemplo: factura de compra.
¿Qué hace el Ministerio Público?
Para que el acto se formalice es necesario el dictado de una Resolución de la Procuración General, donde conste la aceptación de los bienes a recibir en donación para su incorporación al patrimonio del Ministerio Público.
¿Qué destino tiene el bien donado?
El destino de los bienes recibidos en donación será dado por el dictado de una Resolución de la Procuración General.
¿Canal de relación: ampliación de Información, seguimiento y reclamo?
El organismo responsable de su aplicación es el Área Rendición de Cuentas y Patrimonio, de la Subsecretaría de Administración, de la Procuración General, sita en el 1er piso del edificio de calle 50 N° 889 / 891 de La Plata - Teléfonos: 412-1012 /1013 – Mail : rendiciones@mpba.gov.ar