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Guía del denunciante
Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento

¿QUÉ CONDUCTAS SE PUEDEN DENUNCIAR?

Las faltas o infracciones administrativas constituidas por las acciones u omisiones de los miembros del Ministerio Público. Las faltas son violaciones de los deberes y prohibiciones impuestas y dan lugar a sanciones disciplinarias.
Si se pretende denunciar un delito, es preciso dirigirse a la autoridad con competencia en la materia de acuerdo al art. 268 del Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires: fiscalía o policía.


¿QUÉ ES UNA DENUNCIA ADMINISTRATIVA?

Es una comunicación formal o anoticiamiento a la autoridad competente sobre la existencia de un hecho presuntamente irregular. Debe manifestar detallada y motivadamente la actuación de algún miembro del Ministerio Público contraria al ordenamiento que regula su función.


¿LA DENUNCIA PUEDE SER ANÓNIMA?

No se recibirán denuncias anónimas. El denunciante debe acreditar su identidad.


¿A QUIÉNES PUEDO DENUNCIAR?

A cualquier agente, funcionario o magistrado que integre el Ministerio Público y sea considerado presuntamente el infractor. En todos los casos deberá individualizar al denunciado.


¿DÓNDE PUEDO PRESENTAR UNA DENUNCIA?

• Podrá denunciar en la sede de la Fiscalía General o Defensoría General de la que dependa el denunciado.
• Alternativamente, podrá concurrir a la sede de la Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de la Procuración General, de lunes a viernes de 8 a 14 (calle 50 Nº 889, piso 5, La Plata).


¿CUÁL ES MI ROL EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO?

El denunciante no es parte en el procedimiento, no interviene en él ni puede tomar vista de las actuaciones, pero tiene derecho a conocer su resultado.
En caso de ser citado por el órgano administrativo, deberá concurrir a ampliar o ratificar lo manifestado y podrá aportar toda la prueba que estime pertinente.


¿CUÁL ES EL TRÁMITE QUE SIGUE LA DENUNCIA?

Recibida una denuncia, se le imprime el trámite previsto en la Resolución 1233/01, disponible en la página web de este Ministerio Público.


¿ LA DENUNCIA Y SU TRÁMITE INCIDEN EN EL PROCESO JUDICIAL?

No.