La Firma Digital, es una solución tecnológica que permite reemplazar la firma manuscrita en los documentos electrónicos, manteniendo el mismo valor legal.
Permite determinar la identidad del firmante (autoría) y asegurar que los contenidos enviados (documentos, imágenes, correos electrónicos, etc.) no fueron modificados desde el momento de su firma (integridad).
Se compone de una infraestructura determinada por la legislación Nacional e Internacional, divida en una parte tecnológica y de seguridad de la Información, y una parte legal.
Para más información puede comunicarse a: firmadigital@mpba.gov.ar
La firma Digital se encuentra regulada por la Ley Nacional N.º 25.506, a la cual adhirió la Provincia mediante la ley N.º 13.666.
Algunas definiciones:
Art. 2: Se entiende por firma digital al resultado de aplicar a un documento digital, un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose ésta bajo su absoluto control. La firma Digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes, tal que dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma.
Art. 3: Del requerimiento de firma. Cuando la ley requiera una firma manuscrita, esa exigencia también queda satisfecha por una firma digital. Este principio es aplicable a los casos en que la ley establece la obligación de firmar o prescribe consecuencias para su ausencia.
Art. 7 y 8: Otorgan presunción de autoría e integridad, salvo prueba en contrario.
En el ámbito del Ministerio Público, se ha dispuesto la utilización de la firma digital, mediante la Resolución PG N.º 164/13.
- Posibilita la despapelización segura ya que permite reemplazar la firma manuscrita.
- Permite el intercambio de información y documentos más fluido, rápido y seguro.
- Mejora la comunicación dentro del Organismo y con terceros.
- Agiliza la gestión, reduce costos y genera ahorros para el Estado y la ciudadanía.
- Posibilita la realización de trámites electrónicos.
Todos los Funcionarios y empleados del Ministerio Público, cuya tarea requiera de firma y sello para su labor diaria, pueden tramitar su certificado de Firma Digital.
Para obtener/renovar su Firma Digital, deberá acceder a SIMP Gestión mediante su navegador ingresando a https://jira.mpba.gov.ar/ o haciendo clic en el acceso directo desde el Portal MPBA.
Allí deberá ingresar sus credenciales de acceso y crear una incidencia en el proyecto Firma Digital Ministerio Público para, posteriormente, completar los datos requeridos.
La incidencia creada será recepcionada por la Delegación Informática departamental, a fin de coordinar fecha y hora de asistencia para concretar el trámite. El turno sugerido deberá ser confirmado por el solicitante.
Sugerimos que lea previamente el instructivo de Firma Digital antes de realizar la solicitud: