La Secretaría de Administración, que integra la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General del Ministerio Público, atiende la gestión y ejecución de los créditos que, por Ley de Presupuesto o por otras fuentes, se asignen a esta Jurisdicción Auxiliar en sus diversas etapas, como asimismo la fiscalización y rendición de cuentas ante la Contaduría General de la provincia de Buenos Aires, de acuerdo con lo normado en la Ley de Contabilidad y a lo reglamentado por el Honorable Tribunal de Cuentas.
En tal sentido le corresponde:
1) Preparar el Proyecto de Presupuesto para el Ministerio Público, ajustándose a las políticas y lineamientos establecidos por el Procurador General y a las normas que dicte la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía de la Provincia en su carácter de órgano rector del Subsistema Presupuestario.
2) Intervenir ante los organismos competentes de los otros poderes del Estado, en la oportunidad de gestionarse el proyecto y/o reajuste del Presupuesto para el Ministerio Público, como así también proponer modificaciones en la política presupuestaria que contribuyan a una mayor eficacia y eficiencia en el servicio que este Ministerio Público debe prestar a la comunidad.
3) Centralizar la contabilidad en los aspectos patrimoniales, de presupuesto, movimiento de fondos y responsables, ajustándolos a las directivas impartidas por la Contaduría General de la Provincia en su carácter de órgano rector del Subsistema de Contabilidad Gubernamental.
4) Intervenir en todo trámite de ejecución de contrataciones en general, debiendo cumplir y hacer respetar los requisitos que exige la legislación vigente en la materia, siendo obligatoria su participación previa a toda decisión de la que se derive o resulten compromisos crediticios.
5) Centralizar la gestión patrimonial del Ministerio Público cumpliendo con las normativas legales pertinentes.
6) Liquidar las remuneraciones que por todo concepto corresponda a los integrantes del Ministerio Público, funcionarios y demás agentes de la Procuración General.
7) Liquidar las erogaciones que sean consecuencia de su accionar.
8) Cumplir y hacer cumplir a los subresponsables que reciban fondos, con la rendición decuentas a la Contaduría General de la Provincia, en un todo de acuerdo con la Ley de Administración Financiera N° 13.767 y demás normas vigentes.
9) Velar por el estricto cumplimiento de la Ley de Administración Financiera y demás disposiciones vigentes en la materia de su competencia.
10) Asegurar el cumplimiento de las instrucciones que imparta el Procurador General en el uso de partidas presupuestarias especiales.
11) Adecuar los trámites en que intervenga la Secretaría al uso de Firma Digital, de conformidad con la normativa legal vigente.
12) Intervenir en todos los casos en que se asignen créditos especiales cuya inversión sea necesario planificar.
13) Asesorar en todos los asuntos relacionados con las funciones que son de su competencia.
La Secretaría de Administración está integrada por las siguientes áreas:
La Subsecretaría de Presupuesto y Contrataciones tiene las siguientes funciones:
a) Asistir al Secretario de Administración en la formulación e implementación de políticas, planes y programas relacionados con las contrataciones y el presupuesto del Ministerio Público, así como el seguimiento de la ejecución de las acciones aprobadas para su implementación.
b) Organizar, coordinar y determinar la implementación de todos los actos de carácter administrativo y presupuestario del Ministerio Público en las áreas de su competencia.
c) Promover el estudio constante de los métodos, procedimientos y circuitos administrativos relacionados con el presupuesto y las contrataciones del Ministerio Público, con vistas a su permanente adecuación y perfeccionamiento.
d) Mantener y propiciar modificaciones a los sistemas operativos vigentes que optimicen su aplicación.
e) Intervenir en la programación y elaboración del presupuesto, controlar y analizar su correcta ejecución.
f) Intervenir en la gestión previa y en la ejecución de las contrataciones, ejerciendo los controles y acciones de fiscalización pertinentes.
g) Intervenir en los procesos de contrataciones gestionados a través de las Delegaciones Administrativas Departamentales.
h) Intervenir en la planificación y ejecución presupuestaria ejecutada en el ámbito de las Delegaciones Administrativas Departamentales.
i) Generar y controlar la documentación e información a ser remitida a la Contaduría General de la provincia de Buenos Aires y al Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires en las materias de su competencia.
Está formada por los siguientes departamentos:
El Departamento de Presupuesto tiene las siguientes funciones:
a) Proponer y ejecutar las acciones tendientes a la elaboración del proyecto de presupuesto anual para el Ministerio Público en función de las normas emanadas de los organismos técnicos competentes y de acuerdo a las directivas que imparta el Procurador General.
b) Recepcionar, centralizar y analizar las necesidades presupuestarias formuladas por las distintas secretarías de la Procuración General, así como de todas las áreas que conforman el Ministerio Público.
c) Confeccionar el anteproyecto del presupuesto anual, proyectando las partidas presupuestarias asignadas a cada dependencia, para su posterior elevación a la Subsecretaría de Presupuesto y Contrataciones para su remisión a consideración del Secretario de Administración.
d) Intervenir en el proceso de registración presupuestario del Ministerio Público.
e) Analizar los estados de ejecución presupuestaria, realizando proyecciones de gastos y recursos que permitan determinar necesidades de
adecuaciones presupuestarias.
f) Intervenir ante los organismos competentes de los otros poderes del Estado, en oportunidad de gestionarse el proyecto y/o reajustes del presupuesto para el Ministerio Público.
g) Controlar, analizar y efectuar reportes respecto del estado de situación de los cargos aprobados por la ley de presupuesto.
h) Confeccionar los proyectos de transferencias de créditos y creación de partidas presupuestarias.
i) Informar a la Subsecretaría de Presupuesto y Contrataciones, previa remisión para consideración del Secretario de Administración, acerca del crédito generado por los recursos que las leyes prevean para al Ministerio Público, a fin de decidir sobre su destino.
j) Controlar el impacto presupuestario de la evolución de los gastos en que incurran las distintas Delegaciones Departamentales para el desenvolvimiento de sus tareas en función de los créditos asignados a cada una de ellas.
k) Compilar y procesar la información acontecida durante el ejercicio, emitiendo informes y estadísticas con destino a la adopción de decisiones por parte de los responsables de la gestión financiera.
El Departamento de Contrataciones tiene las siguientes funciones:
a) Organizar, coordinar y determinar la implementación de la normativa vigente en materia de contrataciones.
b) Aplicar los sistemas informáticos provistos al Departamento a los fines de la organización, gestión, registración y cumplimiento de las contrataciones.
c) Intervenir en todos los trámites de contratación que se deriven al Departamento, aplicando la normativa vigente en la materia.
d) Intervenir en la ejecución de toda compra, ejerciendo los controles y acciones de fiscalización pertinentes.
e) Llevar a cabo los trámites de contrataciones a fin de lograr la adquisición de bienes y servicios, de acuerdo a la normativa vigente.
f) Proyectar los pliegos de bases y condiciones y las autorizaciones correspondientes al objeto de cada licitación.
g) Confeccionar, suscribir y registrar las órdenes de compra que perfeccionen las relaciones entre el Ministerio Público y los proveedores utilizando el sistema provisto por la Contaduría General de la Provincia.
h) Confeccionar y registrar las órdenes de provisión y contratos a suscribir entre el Ministerio Público y los proveedores.
i) Notificar las órdenes de compra y/o provisión a los proveedores, áreas técnicas y dependencias incluidas en la contratación.
j) Efectuar las publicaciones legales correspondientes en el Boletín Oficial y diarios, a través de la Dirección de Ceremonial, Secretaría Privada y Prensa de la Procuración General, y en las páginas web del Ministerio Público y del Gobierno de la provincia de Buenos Aires.
k) Realizar los trámites de compra y locaciones de inmuebles de acuerdo a la normativa legal vigente.
l) Solicitar valuaciones fiscales, certificados de dominio y toda otra información necesaria ante las dependencias públicas correspondientes.
m) Notificar altas, renovaciones y devoluciones de inmuebles a las dependencias correspondientes.
n) Mantener actualizado el sistema informático de registro de inmuebles.
o) Solicitar a los departamentos técnicos correspondientes la conformidad del cumplimiento de los contratos celebrados.
p) Recepcionar y controlar la documentación relacionada con el cumplimiento delas órdenes de compra, provisión y contratos, emitiendo consecuentemente los partes de recepción definitiva.
q) Establecer los descuentos por mora o incumplimiento de los contratos celebrados, de conformidad con el pliego de bases y condiciones y la normativa legal vigente.
r) Proceder a la devolución de las garantías una vez verificado el cumplimiento del contrato.
s) Organizar la recepción, almacenaje y entrega de los bienes o efectos adquiridos con destino a distintas dependencias del Ministerio Público.
t) Proyectar las resoluciones relacionadas con trámites de contratación ejecutados en su ámbito, como así también respecto de todas las acciones o medidas vinculadas con ellos.
u) Atender los requerimientos efectuados por el Honorable Tribunal de Cuentas en oportunidad del estudio anual, realizando los informes pertinentes para dar respuesta a dichas solicitudes.
La Subsecretaría de Administración Contable tiene las siguientes funciones:
a) Centralizar la contabilidad del gasto a través de los sistemas habilitados al efecto ajustándose a las directivas impartidas por la Contaduría General de la Provincia en su carácter de órgano rector del Subsistema de Contabilidad Gubernamental.
b) Centralizar la gestión patrimonial del Ministerio Público, registrando y fiscalizando las existencias de todos los bienes que constituyen su patrimonio, y confeccionar los inventarios en la forma y épocas fijadas por las disposiciones legales pertinentes.
c) Controlar e intervenir las remuneraciones que por todo concepto corresponda a los integrantes del Ministerio Público, funcionarios y demás agentes de la Procuración General.
d) Controlar e intervenir las erogaciones que sean consecuencia del accionar del Ministerio Público.
e) Cumplir y hacer cumplir a los subresponsables que reciban fondos, la rendición de cuentas a la Contaduría General de la Provincia, en un todo de acuerdo con la Ley de Administración Financiera N° 13.767 y demás normas vigentes.
f) Organizar, coordinar y determinar la implementación de todos los actos de carácter administrativo, contable y financiero del Ministerio Público en las áreas de su competencia.
g) Promover el estudio constante de los métodos, procedimientos y circuitos administrativos, relacionados con la órbita de su competencia, con vistas a su permanente adecuación y perfeccionamiento.
h) Mantener y propiciar modificaciones a los sistemas operativos vigentes que optimicen su aplicación.
i) Velar por el estricto cumplimiento de la Ley de Administración Financiera y demás disposiciones vigentes en la materia de su competencia.
j) Asesorar en todos los asuntos relacionados con las funciones que son de su competencia.
Está conformada por los siguientes departamentos:
El Departamento de Liquidación y Contabilidad tiene las siguientes funciones:
a) Recepcionar toda la documentación que ingresa mediante el Sistema Informático del Ministerio Público (SIMP).
b) Realizar el control de las facturas de proveedores, contratistas y la documentación correspondiente a todo otro pago, observando el cumplimiento de los requisitos establecidos para su liquidación en la normativa legal vigente.
c) Confeccionar las órdenes de pago de todas las erogaciones que se efectúen como consecuencia del funcionamiento del Ministerio Público, conforme a las normas impartidas por la Contaduría General de la Provincia.
d) Liquidar la constitución y reposición de los Fondos Fijos de las delegaciones departamentales y las cajas chicas de las dependencias que las tengan asignadas.
e) Liquidar los JUS por la actuación de los letrados de la matrícula como Asesores y Defensores ad hoc.
f) Confeccionar las órdenes de pago correspondientes a las liquidaciones de haberes y del beneficio establecido por el Acuerdo 2084, calculado por el Departamento Liquidación de Sueldos.
g) Liquidar sobre la base de la información suministrada por los delegados departamentales a través del Sistema de Jardines Maternales, el subsidio por asistencia de los hijos de agentes del Ministerio Público a dichas instituciones. Asimismo, liquidar los subsidios al personal del Ministerio Público aprobados por la Suprema Corte de Justicia.
h) Liquidar los subsidios para los incapaces o con capacidad restringida y becas para las personas incluidas en el Programa Sistema de Sostén.
i) Controlar y liquidar los alquileres de todos los inmuebles del Ministerio Público.
j) Controlar que las órdenes de pasajes oficiales cumplan con las formalidades exigidas por la normativa vigente, conformar las facturas correspondientes y proceder a su liquidación.
k) Liquidar las multas a los proveedores y contratistas que por atraso en el cumplimiento de sus contratos les correspondan, en cumplimiento de la normativa vigente en la materia.
l) Controlar el cálculo, la carga y confección de las liquidaciones de viáticos y movilidad.
m) Liquidar mensualmente la movilidad fija conforme a los informes de los funcionarios que tienen a su cargo personal que percibe este concepto.
n) Enviar regularmente a la Delegación de la Contaduría General de la Provincia, el listado de las órdenes de pago que se van confeccionando a medida que se liquida cada gasto, a fin de su intervención.
o) Confeccionar la solicitud de fondos de todas las órdenes de pago.
p) Discriminar, conforme a las pautas que establezca la Subsecretaría de Administración Contable, las erogaciones que deberán atenderse con los fondos provenientes del "Fondo Permanente", art. 78 Ley N.° 13.767.
q) Servicios Públicos:
- Controlar y liquidar de acuerdo a su fecha de vencimiento las facturas de servicios públicos tales como luz, gas, agua, telefonía fija, telefonía móvil, internet, entre otros.
- Mantener actualizada la base del Sistema de Servicios Públicos que permite efectuar controles y cruces de información.
- Emitir las órdenes de pago de los servicios públicos con especial atención a los plazos de pago y vencimiento.
- Intervenir en la respuesta de intimaciones, avisos de deuda, carta documento y cualquier otra forma de reclamo que efectúen las empresas prestadoras de servicios públicos.
- Gestionar con los agentes de cuenta de cada empresa todo lo relativo a la prestación del servicio y su facturación.
- Articular con la Subsecretaría de Presupuesto y Contrataciones y las Delegaciones Departamentales todo lo relativo a las altas y bajas deservicios públicos y cualquier otra gestión relacionada con ellos.
r) Registrar sistemáticamente todas las operaciones que afecten o puedan afectarla situación económica y financiera del Ministerio Público, en los sistemas de contabilidad provistos por Contaduría General de la provincia de Buenos Aires ajustándose a las directivas impartidas por ella.
s) Contabilizar los recursos que las leyes asignen al Ministerio Público, asegurando su distribución conforme el origen de los mismos.
t) Generar y controlar la emisión de los Estados Contables e información adicional que deberá ser remitida a la Contaduría General y al Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires para su posterior revisión.
u) Conciliar con el Departamentos Tesorería los recursos registrados.
v) Controlar los cargos y descargos de fondos recibidos de la Tesorería General de la provincia de Buenos Aires.
w) Registrar los movimientos de las cuentas bancarias con la documentación respaldatoria pertinente.
x) Emitir los pedidos de fondos del artículo 78 de la Ley N.º 13.767.
El Departamento Rendición de Cuentas y Patrimonio tiene las siguientes funciones:
a) Fiscalizar y presentar la rendición de cuentas ante la Contaduría General de la Provincia de acuerdo a la legislación vigente y a la reglamentación del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia.
b) Observar toda la documentación que no reúna los requisitos exigidos por la normativa vigente en materia de rendición de cuentas.
c) Llevar el control de cargos de los fondos que se entreguen a subresponsables y los descargos pertinentes por las rendiciones que estos realicen.
d) Llevar el control de los reintegros de fondos fijos realizados por las Delegaciones Departamentales.
e) Llevar el control de los reintegros de cajas chicas rendidas por los subresponsables titulares.
f) Controlar los gastos de combustibles y lubricantes realizados a través del sistema de tarjeta Visa Bapro Copres, asignadas a los responsables de vehículos oficiales.
g) Llevar el control de las devoluciones de fondos efectuadas por los subresponsables, presentando la documentación pertinente para su apropiación en la Tesorería.
h) Atender los requerimientos efectuados por el Honorable Tribunal de Cuentas en oportunidad del estudio anual, y centralizar y unificar los informes de los Departamentos de la Subsecretaría de Administración Contable, para dar respuesta a dichas solicitudes.
i) Conciliar los anexos emitidos por los sistemas de contabilidad con los específicos de rendiciones, para su elevación al Honorable Tribunal de Cuentas.
j) Redactar proyectos de instructivos y circulares específicas en materias de incumbencia del Departamento.
k) Realizar visitas periódicas a las delegaciones administrativas departamentales con el objeto de supervisar y asesorar a integrantes, a fin de obtener un mejor cumplimiento de las funciones asignadas.
l) Cumplir las funciones de Registro Patrimonial Centralizador, de acuerdo a las normas que rigen la materia.
m) Registrar todos los movimientos patrimoniales en el sistema informático provisto por la Contaduría General de la Provincia.
n) Registrar las altas y bajas de certificados de obra en el sistema de la Contaduría General de la Provincia.
o) Registrar las altas, bajas y distribución de valores financieros.
p) Revisar, recepcionar y confeccionar las planillas y estados que establecen las disposiciones pertinentes para elevar a la Contaduría General de la Provincia.
q) Recepcionar y registrar todas las transferencias de bienes entre las distintas oficinas y comunicar las mismas a los titulares responsables.
r) Solicitar a los titulares de las distintas Unidades Patrimoniales la conformidad de cada uno de los movimientos patrimoniales de los bienes que se encuentren a su cargo, y que tengan lugar en cada ejercicio contable.
s) Elaborar las resoluciones de baja de los bienes del Ministerio Público cuando el estado de los mismos así lo demande, coordinando con los titulares de las dependencias que los poseen y los organismos técnicos, a fin de determinar su destino.
t) Supervisar y asesorar a los agentes jurisdiccionales para el mejor cumplimiento de las funciones asignadas.
u) Recepcionar las solicitudes de donación de bienes fuera de uso y obsoletos y proyectar las resoluciones respectivas.
v) Ordenar la realización de inventarios patrimoniales en las dependencias del Ministerio Público que correspondan y mantener actualizados los mismos, efectuando los movimientos patrimoniales que se requieran para su correcta asignación.
w) Elevar los resultados de los recuentos físicos a la Contaduría General de la Provincia comunicando las novedades patrimoniales de cada ejercicio.
El Departamento Liquidación de Sueldos tiene las siguientes funciones:
a) Preparar las liquidaciones de las remuneraciones que por todo concepto correspondan a los magistrados, funcionarios y agentes del Ministerio Público.
b) Realizar la carga al sistema informático de haberes de todas las novedades de los agentes y/o funcionarios que correspondan, en virtud de la normativa vigente en la materia.
c) Liquidar periódicamente las subrogancias por asignación de funciones que disponga la Procuración General.
d) Incorporar al sistema informático de haberes la información mensual referida a movimientos del personal (altas, bajas, ascensos, suspensiones, licencias sin goce de haberes, antigüedad, bloqueo de título, entre otras).
e) Liquidar mensualmente las horas cátedra de los docentes, conforme a la información recibida del Centro de Capacitación.
f) Recibir y cargar en el sistema la información mensual referida a movimientos (altas, bajas y certificaciones) sobre matrimonios, nacimientos, prenatal, hijos y otras asignaciones familiares, previo control de la documentación y requisitos exigidos por las normas legales vigentes.
g) Liquidar los embargos trabados al personal del Ministerio Público conforme a las notificaciones de rigor recibidas de los organismos judiciales pertinentes y emitir las que correspondan a dichas dependencias y al Departamento Tesorería.
h) Asesorar a los interesados sobre requisitos y confección de los formularios y declaraciones juradas de acuerdo a las condiciones exigidas para la percepción de las asignaciones familiares y para cuestiones impositivas.
i) Recibir y cargar en el sistema respectivo la información mensual referida a aperturas de cajas de ahorro para acreditación de haberes, cambios de sucursal, cierres de cuentas, entre otros datos.
j) Controlar el cálculo y la carga de la movilidad fija para los funcionarios a los que fuera asignada su percepción.
k) Efectuar mensualmente los traspasos y ajustes de haberes de agentes y/o funcionarios desde y hacia Administración de Justicia.
l) Calcular el beneficio previsto por el Acuerdo N.º 2084/84 e informarlo a la Secretaría de Personal de la Suprema Corte de Justicia.
m) Emitir la documentación pertinente y remitirla al Departamento Liquidaciones y Contabilidad a efectos de confeccionar los pedidos de fondos a la Tesorería General de la Provincia con relación a las liquidaciones de haberes realizadas.
n) Confeccionar las certificaciones que se soliciten sobre asuntos de su competencia.
o) Administrar el sistema de Liquidación de Haberes para todo el personal permanente y temporario de acuerdo a las normas legales vigentes.
p) Efectuar la depuración del padrón de agentes y funcionarios del Ministerio Público con derecho al cobro de la Tasa de Justicia a efectos de elevarlo mediante soporte electrónico al Área Sueldos de la Secretaría de Administración de la Suprema Corte de Justicia, para su liquidación.
q) Importar al sistema informático de haberes las novedades que los agentes, funcionarios y magistrados incorporen a través de páginas web oficiales.
r) Realizar la compatibilización de conceptos liquidados en relación a los traspasos de personal proveniente de la Jurisdicción Auxiliar Administración de Justicia.
s) Recibir y cargar en el sistema la información mensual referida a Colegios de Magistrados y Funcionarios, Bancos, Asociación Judicial Bonaerense, IOMA cónyuges, Seguros, Embargos y demás entidades que mantengan convenio de descuentos de haberes con el Ministerio Público.
t) Realizar las liquidaciones al Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires -IPS- y al Instituto de Obra Médico Asistencial -IOMA- y emitir las correspondientes declaraciones juradas de contribuciones patronales y aportes personales que se practican en cada liquidación de haberes.
u) Elaborar las salidas de información en soporte magnético con destino a la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, los diferentes gremios y colegios y demás entidades receptoras de información proveniente de la liquidación de haberes realizadas.
v) Realizar las liquidaciones a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo y emitir las correspondientes declaraciones juradas.
w) Elaborar periódicamente el informe previsto por el convenio firmado entre el Honorable Tribunal de Cuentas y el Instituto de Previsión Social.
x) Administrar la liquidación del Impuesto a las Ganancias que se realiza a través del sistema informático de haberes.
y) Elaborar y remitir a la Subsecretaría de Informática los archivos necesarios para actualizar la información relacionada a la liquidación de haberes que permita el acceso de agentes funcionarios y magistrados a la misma, a través de la página web institucional.
z) Confeccionar los informes solicitados por el Ministerio de Economía.
aa) Emitir anualmente el formulario de AFIP F.1357 para el personal del Ministerio Público.
ab) Implementar sistemas informáticos para el mejoramiento de los procesos administrativos de la Secretaría de Administración en general y del Departamento Liquidación de Sueldos en particular.
El Departamento Tesorería tiene las siguientes funciones:
a) Recepcionar los libramientos de pago emitidos por el Departamento Liquidaciones y Contabilidad.
b) Realizar las transferencias bancarias electrónicas y cheques necesarios para cancelar las obligaciones contraídas con proveedores y contratistas.
c) Informar inmediatamente a los proveedores de los pagos efectuados, incluyendo las retenciones practicadas.
d) Realizar las retenciones impositivas y oportunamente su cancelación a través de transferencia electrónica a los organismos recaudadores.
e) Recepcionar las retenciones impositivas realizadas por los delegados departamentales.
f) Confeccionar las declaraciones juradas impositivas.
g) Controlar que toda transacción se encuentre avalada con la documentación respaldatoria y conforme al régimen legal vigente.
h) Realizar las registraciones necesarias para mantener actualizados los sistemas vigentes que permitan su auditoría inmediata.
i) Confeccionar el Libro de Bancos y el Arqueo mensual de caja con todos los detalles que la normativa legal establece al efecto.
j) Custodiar los fondos que se reciban de la Tesorería General de la Provincia.
k) Realizar en forma periódica conciliaciones bancarias y control de débitos efectuados por el Banco.
l) Confeccionar periódicamente informes y Estados de Deuda a la Tesorería General de la Provincia.
m) Controlar en forma permanente los recursos previstos por las leyes para el Ministerio Público.
n) Conciliar con el Departamentos Liquidaciones y Contabilidad y con el Departamento de Presupuesto los registros de recursos del Ministerio Público.
o) Efectuar el pago de sueldos y subsidios al personal, practicando las retenciones pertinentes y el oportuno depósito de las mismas.
p) Realizar pagos de subsidios para las personas con restricciones a la capacidad de ejercicio y becas para las personas incluidas en el Programa Sistema Sostén, proveedores, servicios y viáticos mediante transferencia electrónica y/o efectivo.
q) Administrar y controlar el sistema de combustibles y lubricantes denominado "Visa Bapro Copres".
r) Administrar el Sistema “Visa Bapro Caja Chica”.
s) Efectuar la constitución y reposiciones periódicas de los Fondos Fijos a las delegaciones departamentales.
t) Efectuar rendiciones de lo actuado.
La Unidad de Coordinación Técnico Legal y de Relacionamiento Institucional tiene las siguientes funciones:
a) Coordinar y dirigir las actividades vinculadas a la gestión técnica-legal de la Secretaría de Administración, de acuerdo a las normativas, reglamentaciones y disposiciones determinadas para el sector, para lo cual podrá requerir la información necesaria a otras áreas de la Secretaría.
b) Intervenir en la formulación y revisión legal de los actos administrativos necesarios a la atención del despacho de la Secretaria de Administración, elaborando y proponiendo los proyectos de disposiciones, resoluciones, convenios y otros actos inherentes a su ámbito de actuación, verificando el estricto cumplimiento de las normas de aplicación.
c) Organizar, implementar y controlar el debido registro y protocolización de los actos administrativos que se dicten en el sector.
d) Analizar, interpretar y proporcionar apoyo técnico en los asuntos relacionados con las funciones que son de competencia de la Secretaría, cuando se presenten cuestiones jurídico-administrativas.
e) Elaborar dictámenes jurídicos e informes relacionados con la actividad de la Secretaría de Administración.
f) Estudiar, evaluar y proponer modificaciones de normas internas o externas, con el fin de alcanzar un mejor funcionamiento global de la Secretaría de Administración.
g) Realizar actividades de relacionamiento institucional con diferentes organismos, jurisdicciones de gobiernos, entidades con y sin fines de lucro, colegios profesionales, cámaras asociativas, ente otros, para el desarrollo de proyectos en el ámbito de competencia de la Secretaría de Administración o de otras áreas de la Procuración General que oportunamente se le asignen, con el objetivo de propender a la mejora continua de las distintas funciones a su cargo.
La Unidad de Coordinación Técnica de las Delegaciones Administrativas Departamentales tiene las siguientes funciones:
a) Coordinar, dirigir y controlar las Delegaciones Administrativas Departamentales.
b) Realizar el análisis de las tareas asignadas a las Delegaciones Administrativas Departamentales, sus sistemas administrativos, contables y financieros, proponiendo si fuera necesario cambios y correcciones para el mejor cumplimiento de sus funciones.
c) Elaborar instructivos, proyectar resoluciones y disposiciones que por su naturaleza sean de su competencia.
d) Atender y dar curso a las solicitudes y necesidades de las Delegaciones Administrativas Departamentales ante la Secretaria de Administración.
e) Realizar visitas periódicas a las Delegaciones Administrativas Departamentales con el objeto de asesorar y supervisar a sus integrantes, a fin de obtener un mejor cumplimiento de las tareas asignadas.
f) Revisar y evaluar la aplicación de los controles contables, financieros y operativos en las Delegaciones Administrativas Departamentales.
g) Brindar asesoramiento a las Delegaciones Administrativas Departamentales en materia impositiva, contable y administrativa, procurando mantener un archivo actualizado de la normativa vigente.
Avellaneda-Lanús: Delegado: Cr. Zacarías Azar. Subdelegado: Fernando Di Nicola. Cel.: (011) 63554387. Domic.: José Ignacio Rucci 1051 - Piso 1 - Valentín Alsina
Azul: Delegada: Cra. María Cecilia Dieguez. Subdelegada: Guadalupe Melchior. Tel.: (02281) 433082, Int 167 y 166. Cel.: (02281) 652070. Domic.: Calle Olavarría n° 529, Azul
Bahía Blanca: Delegada: Cra. María Roberta Suárez. Subdelegado: Javier Mayze. Tel.: (0291) 4566083/84/85. Cel: (0291) 4620999. Domic.: Calle San Martín nº 28 PB, Bahía Blanca
Dolores: Delegado: Cristian Williams. Subdelegada: Patricia Scarpini. Cel.: (2245) 406211. Domic.: Calle San Martín nº 37
Junín: Delegado: Cr. Héctor Edgardo Palmentiere. Subdelegada: Nora Edith Nardacchione. Tel.: (0236) 4448020. Domic.: Calle Mitre n° 135, Junín
La Matanza: Delegado: Dr. Cristian E. J. Malmlöf. Subdelegada: Susana Beatriz Alonso. Tel.: (011) 46963523 / 46963701. Cel.: (011) 44306567. Domic.: Calle Perú 1935, San Justo
La Plata: Delegado: . Subdelegada: Alejandra Turquieto. Tel.: (0221) 4896051. Cel.: (0221) 5072495. Domic.: Calle 55 nº 584 entre 6 y 7, La Plata
Lomas de Zamora: Delegado: Germán Lozano. Subdelegada: Adriana Corno. Tel.: (011) 4003-1263. Cel.: (011) 44060623. Domic.: Calle Larroque nº 2450 Planta Baja Sector I, Banfield
Mar del Plata: Delegada: Cra. Andrea Fabiana Busirachio. Subdelegada: Cra. Natalia Karina Valle. Tel.: (0223) 4939650. Cel.: (0223) 5351131 / 5122663. Domic.: Garay 1945
Mercedes: Delegado: Cr. César Oscar Ramón Badano. Subdelegado: Aníbal Pache. Tel.: (02324) 434454. Cel.: (02324) 647294. Domic.: Calle 21 nº 723, Mercedes
Moreno / General Rodriguez: Delegada: Lic. Soledad Ordoñez. Subdelegado: Mariano Cáceres. Tel.: (0237) 4665440 / 4665482 int 128. Cel.: (0237) 4036160. Domic.: Avenida Libertad N° 721, Moreno / Intendente Pagano 2821.
Morón: Delegado: Cr. Sebastián Pérez. Subdelegada: Cecilia Irene Bacher. Tel.: (011) 44833347 / 44832299. Cel.: (011) 50423092. Domic.: Avenida Rivadavía nº 17.628, Morón
Necochea: Delegado: Claudio Fernández. Subdelegada: Natalia Dell´Oca. Cel.: (02262) 537102. Domic.: Diagonal San Martín nº 1141, Necochea
Pergamino: Delegado: Cr. Ariel Alberto Zarlenga. Subdelegada: Agustina Malvasio. Tel.: (02477) 421409. Cel.: (02477) 464276
Quilmes: Lic. Delegado: Lic. Eduardo Ottaviani. Subdelegado: Sebastián Mateos. Tel.: (011) 60748550 / 51. Cel.: (011) 41745544. Domic.: Hipolito Yrigoyen nº 475 piso 2º, Quilmes
San Isidro: Delegado: Cr. Jorge Douma. Subdelegada: Lic. Agustina María Aguirre. Tel.: (011) 22061787. Cel.: (011) 50583121. Domic.: Calle Ituzaingo nº 256, San Isidro
San Martín: Delegado: Cr. Flavio Daniel Cavazzoli. Subdelegada: Nancy Provenzano. Cel.: (011) 28256558. Domic.: Calle Gra.Roca (122) nº 4765, San Martín
San Nicolás: Delegado: Cr. Germán Gasparoni. Subdelegada: Andrea Bibiana Peralta. Tel.: (0336) 4454173. Cel.: (336) 4258988. Domic.: Calle Aguiar nº 32, San Nicolás
Trenque Lauquen: Delegada: Zulma Ester Villar. Subdelegada: María Eugenia Rabasa. Tel.: (02392) 422796. Cel.: (02392) 635356. Domic.: Calle Uruguay nº 375, Trenque Lauquen
Zárate-Campana: Delegado: Fabián Juan Coronel. Subdelegado: Walter Martinez. Tel.: (03489) 430407. Cel.: (03489) 15-429486. Domic.: Calle Berutti nº 336, Campana
a) Proveer los bienes y servicios necesarios para satisfacer los requerimientos cotidianos que le soliciten los titulares de los distintos Organismos y Dependencias Departamentales como así también la Subsecretaría de Presupuesto y Contrataciones.
b) Liquidar y pagar los viáticos y movilidad autorizados por autoridad competente, que correspondan por comisiones, en concordancia con las disposiciones vigentes.
c) Mantener una provisión de elementos de oficina de consumo periódico que garantice la continuidad del servicio.
d) Atender los gastos relacionados con el mantenimiento de los automotores del Ministerio Público.
e) Coordinar con el Departamentos Tesorería la gestión y control del sistema de combustibles y lubricantes denominado "Visa Bapro Copres" y “Visa Bapro Caja Chica”.
f) Cumplir las funciones de Registro Patrimonial de primer orden en concordancia con las normas que rigen la materia.
g) Registrar diariamente toda la información relacionada con la ejecución presupuestaria de la delegación en el sistema informático provisto al efecto.
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 14 de la RG. 4003/17 de AFIP, cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en la cuarta categoría de la Ley de Impuesto a las Ganancias -sean estas gravadas, exentas y/o no alcanzadas- obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000), el beneficiario de las mismas deberá informar a AFIP:
a) El detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha.
b) El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.
La mencionada obligación se cumplirá mediante la presentación de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales hasta la fecha de su vencimiento.
Las mismas tendrán el carácter de informativas, excepto que de ellas resulte saldo a pagar o a favor del contribuyente. Asimismo, dicha obligación se considerará cumplida cuando se trate de contribuyentes que se encuentren inscriptos en los mencionados gravámenes y hayan efectuado la presentación de las correspondientes declaraciones juradas.
Al efecto podrá acceder a los Formularios "Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría relación de dependencia" F.1357 (Ex F.649) y Formularios de “Sujetos no alcanzados Res. 436/19 SCBA-PG”, desde el acceso de Sistema de Recibos de Sueldos Online de la Secretaría de Administración, o accediendo al siguiente link.