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¿Necesitás quién te defienda?


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Ministerio Público de la Defensa

El Ministerio Público de la Defensa o la defensa está integrado por defensores y defensoras que actúan tanto en sede civil, comercial y familia, como también, defensores y defensoras que actúan en lo penal.


¿Cuál es la función de las defensorías oficiales?

En el ámbito penal, defender a las personas imputadas o acusadas de un delito.

En materia civil o de familia, intervenir en juicios de alimentos, régimen de visitas, divorcios, guardas, tenencia, adopciones, daños y perjuicios, desalojo, acciones posesorias, procesos ejecutivos, sucesorios, entre otros.



¿Cuándo corresponde la actuación de una defensoría penal?

Si una persona es acusada o imputada por un delito tiene derecho a designar un abogado o abogada particular de su confianza. Si no desea o no cuenta con recursos para hacerlo, el Estado se lo brindará gratuitamente. Si la persona fuera detenida, es obligación informarle inmediatamente acerca de este derecho. Los profesionales de la defensoría evaluarán el caso, asesorarán a la persona, y, de ser necesario, defenderán sus derechos mediante las acciones legales que correspondan.


¿Cómo sé quién es el defensor penal que se ocupa de mi caso?

Desde el inicio del proceso toma intervención la defensoría oficial en turno, del lugar donde ocurrió el hecho.

Para conocer cuál defensoría es, puede consultarse a la defensoría departamental donde tramita el expediente. Las direcciones y teléfonos están publicados en nuestro Mapa de Dependencias.


¿Me puedo quedar sin defensor penal?

No. Toda persona imputada es asistida por una defensoría oficial hasta la finalización del proceso o hasta que designe un abogado de su confianza. Si el abogado particular renunciara al cargo, intervendrá nuevamente la defensoría oficial.

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