El 14 de marzo de 2025, en formato virtual, se llevó a cabo la séptima edición de las Mesas de Trabajo con los funcionarios referentes en materia disciplinaria de las Fiscalías de Cámara, Defensorías Departamentales y Fiscalía y Defensoría ante el Tribunal de Casación Penal.
La misma estuvo a cargo de la Subsecretaria Dra. María Julieta Battistotti. La acompañaron en esta oportunidad los abogados instructores del Departamento de Control Disciplinario, los Dres. María Magdalena Moreno Terrero y Diego Bergallo.
Este nuevo ciclo de actualización profesional fue diseñado especialmente para presentar a los funcionarios de los organismos descentralizados que ejercen por delegación la facultad disciplinaria en su jurisdicción, las diferencias y avances normativos más significativos entre la Resolución PG. N° 1233/01 y la Resolución PG. N° 2099/24.
El nuevo régimen aprobado por la mencionada Resolución PG. N.° 2099/24 introduce los avances tecnológicos en cuanto a las notificaciones, el fortalecimiento de los roles de los sujetos intervinientes, la regulación de plazos durante el procedimiento, la incorporación de institutos procesales como el careo, el alegato, motivos de extinción de la acción disciplinaria, también enumera las facultades del abogado instructor, el carácter de reservado de las actuaciones disciplinarias, entre otros.
Asimismo, la actividad de formación contempló las diversas modificaciones que fue sufriendo la Resolución PG. N.° 1233/01 durante los últimos 20 años, el Código de Ética que rige para los integrantes del Ministerio Público y lo dispuesto por el Acuerdo SCBA 3354, modificado por el Acuerdo 4087.
El 14 de marzo de 2025, en formato virtual, se llevó a cabo la séptima edición de las Mesas de Trabajo con los funcionarios referentes en materia disciplinaria de las Fiscalías de Cámara, Defensorías Departamentales y Fiscalía y Defensoría ante el Tribunal de Casación Penal.
La misma estuvo a cargo de la Subsecretaria Dra. María Julieta Battistotti. La acompañaron en esta oportunidad los abogados instructores del Departamento de Control Disciplinario, los Dres. María Magdalena Moreno Terrero y Diego Bergallo.
Este nuevo ciclo de actualización profesional fue diseñado especialmente para presentar a los funcionarios de los organismos descentralizados que ejercen por delegación la facultad disciplinaria en su jurisdicción, las diferencias y avances normativos más significativos entre la Resolución PG. N° 1233/01 y la Resolución PG. N° 2099/24.
El nuevo régimen aprobado por la mencionada Resolución PG. N.° 2099/24 introduce los avances tecnológicos en cuanto a las notificaciones, el fortalecimiento de los roles de los sujetos intervinientes, la regulación de plazos durante el procedimiento, la incorporación de institutos procesales como el careo, el alegato, motivos de extinción de la acción disciplinaria, también enumera las facultades del abogado instructor, el carácter de reservado de las actuaciones disciplinarias, entre otros.
Asimismo, la actividad de formación contempló las diversas modificaciones que fue sufriendo la Resolución PG. N.° 1233/01 durante los últimos 20 años, el Código de Ética que rige para los integrantes del Ministerio Público y lo dispuesto por el Acuerdo SCBA 3354, modificado por el Acuerdo 4087.
El 14 de marzo de 2025, en formato virtual, se llevó a cabo la séptima edición de las Mesas de Trabajo con los funcionarios referentes en materia disciplinaria de las Fiscalías de Cámara, Defensorías Departamentales y Fiscalía y Defensoría ante el Tribunal de Casación Penal.
La misma estuvo a cargo de la Subsecretaria Dra. María Julieta Battistotti. La acompañaron en esta oportunidad los abogados instructores del Departamento de Control Disciplinario, los Dres. María Magdalena Moreno Terrero y Diego Bergallo.
Este nuevo ciclo de actualización profesional fue diseñado especialmente para presentar a los funcionarios de los organismos descentralizados que ejercen por delegación la facultad disciplinaria en su jurisdicción, las diferencias y avances normativos más significativos entre la Resolución PG. N° 1233/01 y la Resolución PG. N° 2099/24.
El nuevo régimen aprobado por la mencionada Resolución PG. N.° 2099/24 introduce los avances tecnológicos en cuanto a las notificaciones, el fortalecimiento de los roles de los sujetos intervinientes, la regulación de plazos durante el procedimiento, la incorporación de institutos procesales como el careo, el alegato, motivos de extinción de la acción disciplinaria, también enumera las facultades del abogado instructor, el carácter de reservado de las actuaciones disciplinarias, entre otros.
Asimismo, la actividad de formación contempló las diversas modificaciones que fue sufriendo la Resolución PG. N.° 1233/01 durante los últimos 20 años, el Código de Ética que rige para los integrantes del Ministerio Público y lo dispuesto por el Acuerdo SCBA 3354, modificado por el Acuerdo 4087.