El 10 de noviembre del corriente, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, en coordinación con el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, dictó la Resolución N.° 2921/23, con el propósito de posibilitar mecanismos automáticos de acceso a las actuaciones judiciales y administrativas en los términos establecidos en la Resolución SCBA N.° 1994/23.
A dichos efectos, la referida resolución impulsa la implantación de nuevas versiones de diversos sistemas de gestión judicial, en el marco del proceso de integración informática entre la Administración de Justicia y el Ministerio Público, que comenzó a partir del dictado de la Resolución SCBA N.° 1015/20, la Resolución SCBA N.º 1016/20 y la Resolución PG N.° 569/20, respectivamente.
En esta instancia, el alcance del desarrollo informático efectuado por las áreas técnicas de ambos organismos comprende los siguientes supuestos:
a) Elevación a Juicio de la Investigación Penal Preparatoria Electrónica por parte de los Juzgados de Garantías y Juzgado de Garantías del Joven.
b) Remisión a Etapa de Ejecución de la Investigación Penal Preparatoria con sentencia de Juicio Abreviado por parte de los Juzgados de Garantías.
c) Interposición de Recursos de Apelación desde el Juzgado de Garantías o Juzgado de Garantías del Joven.
d) Remisión de causas sobre Protección contra la Violencia Familiar, en el marco del Acuerdo SCBA N.° 4099, al Juzgado de Paz o a la Receptoría de Expedientes para su adjudicación al Juzgado de Familia correspondiente.
Asimismo, se dispusieron mejoras en lo atinente a un circuito interno entre órganos judiciales de Administración de Justicia que intervienen en distintas etapas del proceso, el Sorteo de Legajos al Juzgado de Ejecución desde los órganos de Juicio.
La implementación se realizará en dos etapas, comenzando en el Departamento Judicial Dolores, a partir del 13 de noviembre del corriente, extendiéndose al resto de los departamentos judiciales a partir del 27 del mismo mes.
Además, establece la obligatoriedad del “Protocolo de actuación para los procesos penales” y reemplaza la Guía de Procedimiento establecida por Resolución N.º 1994/23 por aquella aprobada por el artículo 5° de la Resolución N.º 2921/23.
Esta iniciativa, que tiene por objetivo mejorar la eficiencia y coordinación entre los órganos judiciales, reafirma el compromiso de la Suprema Corte de Justicia y del Ministerio Público con la modernización y mejora continua del servicio de justicia.
El 10 de noviembre del corriente, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, en coordinación con el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, dictó la Resolución N.° 2921/23, con el propósito de posibilitar mecanismos automáticos de acceso a las actuaciones judiciales y administrativas en los términos establecidos en la Resolución SCBA N.° 1994/23.
A dichos efectos, la referida resolución impulsa la implantación de nuevas versiones de diversos sistemas de gestión judicial, en el marco del proceso de integración informática entre la Administración de Justicia y el Ministerio Público, que comenzó a partir del dictado de la Resolución SCBA N.° 1015/20, la Resolución SCBA N.º 1016/20 y la Resolución PG N.° 569/20, respectivamente.
En esta instancia, el alcance del desarrollo informático efectuado por las áreas técnicas de ambos organismos comprende los siguientes supuestos:
a) Elevación a Juicio de la Investigación Penal Preparatoria Electrónica por parte de los Juzgados de Garantías y Juzgado de Garantías del Joven.
b) Remisión a Etapa de Ejecución de la Investigación Penal Preparatoria con sentencia de Juicio Abreviado por parte de los Juzgados de Garantías.
c) Interposición de Recursos de Apelación desde el Juzgado de Garantías o Juzgado de Garantías del Joven.
d) Remisión de causas sobre Protección contra la Violencia Familiar, en el marco del Acuerdo SCBA N.° 4099, al Juzgado de Paz o a la Receptoría de Expedientes para su adjudicación al Juzgado de Familia correspondiente.
Asimismo, se dispusieron mejoras en lo atinente a un circuito interno entre órganos judiciales de Administración de Justicia que intervienen en distintas etapas del proceso, el Sorteo de Legajos al Juzgado de Ejecución desde los órganos de Juicio.
La implementación se realizará en dos etapas, comenzando en el Departamento Judicial Dolores, a partir del 13 de noviembre del corriente, extendiéndose al resto de los departamentos judiciales a partir del 27 del mismo mes.
Además, establece la obligatoriedad del “Protocolo de actuación para los procesos penales” y reemplaza la Guía de Procedimiento establecida por Resolución N.º 1994/23 por aquella aprobada por el artículo 5° de la Resolución N.º 2921/23.
Esta iniciativa, que tiene por objetivo mejorar la eficiencia y coordinación entre los órganos judiciales, reafirma el compromiso de la Suprema Corte de Justicia y del Ministerio Público con la modernización y mejora continua del servicio de justicia.
El 10 de noviembre del corriente, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, en coordinación con el Procurador General, Dr. Julio Conte-Grand, dictó la Resolución N.° 2921/23, con el propósito de posibilitar mecanismos automáticos de acceso a las actuaciones judiciales y administrativas en los términos establecidos en la Resolución SCBA N.° 1994/23.
A dichos efectos, la referida resolución impulsa la implantación de nuevas versiones de diversos sistemas de gestión judicial, en el marco del proceso de integración informática entre la Administración de Justicia y el Ministerio Público, que comenzó a partir del dictado de la Resolución SCBA N.° 1015/20, la Resolución SCBA N.º 1016/20 y la Resolución PG N.° 569/20, respectivamente.
En esta instancia, el alcance del desarrollo informático efectuado por las áreas técnicas de ambos organismos comprende los siguientes supuestos:
a) Elevación a Juicio de la Investigación Penal Preparatoria Electrónica por parte de los Juzgados de Garantías y Juzgado de Garantías del Joven.
b) Remisión a Etapa de Ejecución de la Investigación Penal Preparatoria con sentencia de Juicio Abreviado por parte de los Juzgados de Garantías.
c) Interposición de Recursos de Apelación desde el Juzgado de Garantías o Juzgado de Garantías del Joven.
d) Remisión de causas sobre Protección contra la Violencia Familiar, en el marco del Acuerdo SCBA N.° 4099, al Juzgado de Paz o a la Receptoría de Expedientes para su adjudicación al Juzgado de Familia correspondiente.
Asimismo, se dispusieron mejoras en lo atinente a un circuito interno entre órganos judiciales de Administración de Justicia que intervienen en distintas etapas del proceso, el Sorteo de Legajos al Juzgado de Ejecución desde los órganos de Juicio.
La implementación se realizará en dos etapas, comenzando en el Departamento Judicial Dolores, a partir del 13 de noviembre del corriente, extendiéndose al resto de los departamentos judiciales a partir del 27 del mismo mes.
Además, establece la obligatoriedad del “Protocolo de actuación para los procesos penales” y reemplaza la Guía de Procedimiento establecida por Resolución N.º 1994/23 por aquella aprobada por el artículo 5° de la Resolución N.º 2921/23.
Esta iniciativa, que tiene por objetivo mejorar la eficiencia y coordinación entre los órganos judiciales, reafirma el compromiso de la Suprema Corte de Justicia y del Ministerio Público con la modernización y mejora continua del servicio de justicia.