El Procurador General Dr. Julio Conte-Grand, aprobó el Reglamento General de la Policía Judicial, mediante la Resolución PG N.° 227/22.
Con el mismo se establece que las distintas secretarías y áreas de la Procuración, brindarán soporte, colaboración y asesoramiento a la Policía Judicial en todas aquellas funciones que excedan las específicas de dicho cuerpo.
Asimismo, determina que la Policía Judicial se organizará en regiones territoriales, propendiendo a la gradual descentralización de su estructura, a fin de alcanzar una subdivisión que comprenda una región por cada departamento judicial.
El Reglamento dispone que tanto la Dirección General de la Policía Judicial, como la Subdirección de Investigaciones Judiciales de la Policía Judicial, tendrán asiento en la ciudad de La Plata. En tanto, las Unidades Centralizadas de Investigación funcionarán dentro de la órbita de la Subdirección de Investigaciones Judiciales, prestando servicios para todos o algunos de los Departamentos Judiciales. Cabe aclarar, que la cantidad, especialidad y conformación de las Unidades será propuesta al Procurador General por el Director General.
Del mismo modo, el reglamento aprobado estipula y fija las funciones de los Detectives Judiciales, la Subdirección Técnico Científica, el Instituto de Ciencias Forenses, de los Peritos y de los Coordinadores Regionales.
Además, especifica claramente las reglas de intervención, con las modalidades y formas de actuación, en los casos en los que requieran su participación.
La aplicabilidad del Reglamento General de la Policía Judicial, entrará en vigencia a partir de la toma de posesión de cargos de las autoridades jerárquicas designadas para la institución.
Ver Resolución PG N.º 227/22
Ver Resolución PG N.º 227/22 - Anexo I: Reglamento General de la Policía Judicial
El Procurador General Dr. Julio Conte-Grand, aprobó el Reglamento General de la Policía Judicial, mediante la Resolución PG N.° 227/22.
Con el mismo se establece que las distintas secretarías y áreas de la Procuración, brindarán soporte, colaboración y asesoramiento a la Policía Judicial en todas aquellas funciones que excedan las específicas de dicho cuerpo.
Asimismo, determina que la Policía Judicial se organizará en regiones territoriales, propendiendo a la gradual descentralización de su estructura, a fin de alcanzar una subdivisión que comprenda una región por cada departamento judicial.
El Reglamento dispone que tanto la Dirección General de la Policía Judicial, como la Subdirección de Investigaciones Judiciales de la Policía Judicial, tendrán asiento en la ciudad de La Plata. En tanto, las Unidades Centralizadas de Investigación funcionarán dentro de la órbita de la Subdirección de Investigaciones Judiciales, prestando servicios para todos o algunos de los Departamentos Judiciales. Cabe aclarar, que la cantidad, especialidad y conformación de las Unidades será propuesta al Procurador General por el Director General.
Del mismo modo, el reglamento aprobado estipula y fija las funciones de los Detectives Judiciales, la Subdirección Técnico Científica, el Instituto de Ciencias Forenses, de los Peritos y de los Coordinadores Regionales.
Además, especifica claramente las reglas de intervención, con las modalidades y formas de actuación, en los casos en los que requieran su participación.
La aplicabilidad del Reglamento General de la Policía Judicial, entrará en vigencia a partir de la toma de posesión de cargos de las autoridades jerárquicas designadas para la institución.
Ver Resolución PG N.º 227/22
Ver Resolución PG N.º 227/22 - Anexo I: Reglamento General de la Policía Judicial
El Procurador General Dr. Julio Conte-Grand, aprobó el Reglamento General de la Policía Judicial, mediante la Resolución PG N.° 227/22.
Con el mismo se establece que las distintas secretarías y áreas de la Procuración, brindarán soporte, colaboración y asesoramiento a la Policía Judicial en todas aquellas funciones que excedan las específicas de dicho cuerpo.
Asimismo, determina que la Policía Judicial se organizará en regiones territoriales, propendiendo a la gradual descentralización de su estructura, a fin de alcanzar una subdivisión que comprenda una región por cada departamento judicial.
El Reglamento dispone que tanto la Dirección General de la Policía Judicial, como la Subdirección de Investigaciones Judiciales de la Policía Judicial, tendrán asiento en la ciudad de La Plata. En tanto, las Unidades Centralizadas de Investigación funcionarán dentro de la órbita de la Subdirección de Investigaciones Judiciales, prestando servicios para todos o algunos de los Departamentos Judiciales. Cabe aclarar, que la cantidad, especialidad y conformación de las Unidades será propuesta al Procurador General por el Director General.
Del mismo modo, el reglamento aprobado estipula y fija las funciones de los Detectives Judiciales, la Subdirección Técnico Científica, el Instituto de Ciencias Forenses, de los Peritos y de los Coordinadores Regionales.
Además, especifica claramente las reglas de intervención, con las modalidades y formas de actuación, en los casos en los que requieran su participación.
La aplicabilidad del Reglamento General de la Policía Judicial, entrará en vigencia a partir de la toma de posesión de cargos de las autoridades jerárquicas designadas para la institución.
Ver Resolución PG N.º 227/22
Ver Resolución PG N.º 227/22 - Anexo I: Reglamento General de la Policía Judicial