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Presentación de Declaraciones Juradas

    23/08/2021 | El día 31 de agosto del corriente año vence el plazo de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial.

Presentación de Declaraciones Juradas

    23/08/2021 | El día 31 de agosto del corriente año vence el plazo de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial.

Presentación de Declaraciones Juradas

    23/08/2021 | El día 31 de agosto del corriente año vence el plazo de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial.

En el marco del Acuerdo 3880/17 aprobado por la Suprema Corte de Justicia con la asistencia del Procurador General, se recuerda a los señores Magistrados, Funcionarios, Peritos Oficiales y agentes que resulten obligados en el ámbito del Ministerio Público, que el día 31 de agosto del corriente año, vence el plazo de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Renovación Anual 2020, que deberá efectuarse mediante el sistema informático "SIMP Declaraciones Juradas" aprobado por Resolución PG N° 352/18 y disponible en https://ddjj.mpba.gov.ar/


Dada la continuidad de la emergencia sanitaria y de las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional a través del DNU N° 455/21 y la normativa dictada en consecuencia por la SCBA y el MPBA, se reitera a los sujetos obligados la posibilidad de confeccionar la presentación desde la intranet MPBA o fuera de ella ingresando con el usuario y clave de dominio respectiva y, para la suscripción digital con token previamente deberá ingresar a https://www.mpba.gov.ar/firmadigital/firmaweb/ y efectuar la descarga de los componentes de firma digital que correspondan a su sistema informático.


Para recibir ayuda o realizar consultas sobre la carga de declaraciones juradas puede comunicarse vía mail a la dirección declaracionesjuradas@mpba.gov.ar 


Finalmente, se destaca la importancia de cumplir en tiempo y forma con esta obligación ya que su omisión promueve la intervención de la Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de este Ministerio Público, sin perjuicio de la investigación penal que el incumplimiento diere lugar.



En el marco del Acuerdo 3880/17 aprobado por la Suprema Corte de Justicia con la asistencia del Procurador General, se recuerda a los señores Magistrados, Funcionarios, Peritos Oficiales y agentes que resulten obligados en el ámbito del Ministerio Público, que el día 31 de agosto del corriente año, vence el plazo de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Renovación Anual 2020, que deberá efectuarse mediante el sistema informático "SIMP Declaraciones Juradas" aprobado por Resolución PG N° 352/18 y disponible en https://ddjj.mpba.gov.ar/


Dada la continuidad de la emergencia sanitaria y de las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional a través del DNU N° 455/21 y la normativa dictada en consecuencia por la SCBA y el MPBA, se reitera a los sujetos obligados la posibilidad de confeccionar la presentación desde la intranet MPBA o fuera de ella ingresando con el usuario y clave de dominio respectiva y, para la suscripción digital con token previamente deberá ingresar a https://www.mpba.gov.ar/firmadigital/firmaweb/ y efectuar la descarga de los componentes de firma digital que correspondan a su sistema informático.


Para recibir ayuda o realizar consultas sobre la carga de declaraciones juradas puede comunicarse vía mail a la dirección declaracionesjuradas@mpba.gov.ar 


Finalmente, se destaca la importancia de cumplir en tiempo y forma con esta obligación ya que su omisión promueve la intervención de la Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de este Ministerio Público, sin perjuicio de la investigación penal que el incumplimiento diere lugar.



En el marco del Acuerdo 3880/17 aprobado por la Suprema Corte de Justicia con la asistencia del Procurador General, se recuerda a los señores Magistrados, Funcionarios, Peritos Oficiales y agentes que resulten obligados en el ámbito del Ministerio Público, que el día 31 de agosto del corriente año, vence el plazo de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Renovación Anual 2020, que deberá efectuarse mediante el sistema informático "SIMP Declaraciones Juradas" aprobado por Resolución PG N° 352/18 y disponible en https://ddjj.mpba.gov.ar/


Dada la continuidad de la emergencia sanitaria y de las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional a través del DNU N° 455/21 y la normativa dictada en consecuencia por la SCBA y el MPBA, se reitera a los sujetos obligados la posibilidad de confeccionar la presentación desde la intranet MPBA o fuera de ella ingresando con el usuario y clave de dominio respectiva y, para la suscripción digital con token previamente deberá ingresar a https://www.mpba.gov.ar/firmadigital/firmaweb/ y efectuar la descarga de los componentes de firma digital que correspondan a su sistema informático.


Para recibir ayuda o realizar consultas sobre la carga de declaraciones juradas puede comunicarse vía mail a la dirección declaracionesjuradas@mpba.gov.ar 


Finalmente, se destaca la importancia de cumplir en tiempo y forma con esta obligación ya que su omisión promueve la intervención de la Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de este Ministerio Público, sin perjuicio de la investigación penal que el incumplimiento diere lugar.