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Resolución PG N° 168/20 - Medidas preventivas urgentes con relación al COVID-19

    18/03/2020 | Se incorporaron supuestos de grupos en riesgo ante COVID-19 alcanzados por la dispensa de concurrir a sus lugares de trabajo

Resolución PG N° 168/20 - Medidas preventivas urgentes con relación al COVID-19

    18/03/2020 | Se incorporaron supuestos de grupos en riesgo ante COVID-19 alcanzados por la dispensa de concurrir a sus lugares de trabajo

Resolución PG N° 168/20 - Medidas preventivas urgentes con relación al COVID-19

    18/03/2020 | Se incorporaron supuestos de grupos en riesgo ante COVID-19 alcanzados por la dispensa de concurrir a sus lugares de trabajo

Por Resolución PG N° 168/20 se dispuso la modificación del artículo 2 de la Resolución PG N° 13/20 del Registro Digital Complementario, de fecha 16 de marzo del corriente, a fin de incorporar expresamente como  grupos en riesgo ante COVID-19 a quienes hayan cumplido 60 o más años de edad; personas en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses; personas con enfermedades cardíacas (insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas); personas con enfermedades respiratorias crónicas (enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo); y obesos mórbidos (con índice de masa corporal > a 40).


Ver Resolución PG Nº 168/20

Por Resolución PG N° 168/20 se dispuso la modificación del artículo 2 de la Resolución PG N° 13/20 del Registro Digital Complementario, de fecha 16 de marzo del corriente, a fin de incorporar expresamente como  grupos en riesgo ante COVID-19 a quienes hayan cumplido 60 o más años de edad; personas en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses; personas con enfermedades cardíacas (insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas); personas con enfermedades respiratorias crónicas (enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo); y obesos mórbidos (con índice de masa corporal > a 40).


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Por Resolución PG N° 168/20 se dispuso la modificación del artículo 2 de la Resolución PG N° 13/20 del Registro Digital Complementario, de fecha 16 de marzo del corriente, a fin de incorporar expresamente como  grupos en riesgo ante COVID-19 a quienes hayan cumplido 60 o más años de edad; personas en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses; personas con enfermedades cardíacas (insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas); personas con enfermedades respiratorias crónicas (enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo); y obesos mórbidos (con índice de masa corporal > a 40).


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