La Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Código de Ética aprobado como anexo único de la Resolución P. G. Nº 32/19, emitió, el 8 de febrero de 2019, la Disposición Nº 1/19.
Por el artículo 1º de este acto administrativo de alcance general se encomienda a los magistrados del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires, considerar en el ejercicio de sus facultades disciplinarias delegadas y en lo pertinente, a los principios, deberes y prohibiciones sistematizados en el referido Código de Ética como estándares de conducta al tiempo de proceder a la aplicación del régimen disciplinario.
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La Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Código de Ética aprobado como anexo único de la Resolución P. G. Nº 32/19, emitió, el 8 de febrero de 2019, la Disposición Nº 1/19.
Por el artículo 1º de este acto administrativo de alcance general se encomienda a los magistrados del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires, considerar en el ejercicio de sus facultades disciplinarias delegadas y en lo pertinente, a los principios, deberes y prohibiciones sistematizados en el referido Código de Ética como estándares de conducta al tiempo de proceder a la aplicación del régimen disciplinario.
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La Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Código de Ética aprobado como anexo único de la Resolución P. G. Nº 32/19, emitió, el 8 de febrero de 2019, la Disposición Nº 1/19.
Por el artículo 1º de este acto administrativo de alcance general se encomienda a los magistrados del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires, considerar en el ejercicio de sus facultades disciplinarias delegadas y en lo pertinente, a los principios, deberes y prohibiciones sistematizados en el referido Código de Ética como estándares de conducta al tiempo de proceder a la aplicación del régimen disciplinario.
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