¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es un procedimiento para evaluar, coordinar, analizar, registrar y canalizar los requerimientos en materia de infraestructura, equipamiento informático, mobiliario o equipamiento técnico científico.
¿Existe normativa?
La Procuración General dictó las Resoluciones N ° 456/03 y 01/04 estableciendo un circuito administrativo para los mencionados requerimientos.
¿Cuál es el ámbito de aplicación?
Es un procedimiento único aplicable a todas las dependencias del Ministerio Público.
¿Cómo se procede para efectuar los requerimientos?
Los requerimientos de referencia serán formulados por el Titular de la dependencia, previa conformidad del Fiscal General y/o Defensor General, Fiscal y Defensor ante el Tribunal de Casación Penal. Dichos pedidos deberán agruparse y presentarse semestralmente dentro de los primeros diez días de los meses de febrero y agosto de cada año y presentados por ante la Secretaria General.
¿Qué hace la Secretaría General?
La Secretaría General será el órgano encargado de registrar el ingreso del pedido y de conferir la intervención a las áreas técnicas o administrativas que corresponda: Área de Infraestructura; Departamento de Informática y Subsecretaría de Administración.
¿Cuándo interviene la Secretaría de Policía Judicial?
En el caso de requerimientos técnicos o científicos para tareas de investigación, también deberá darse intervención a la Secretaría de Policía Judicial.
¿Canal de relación: ampliación de Información, seguimiento y reclamo?
El organismo responsable de su aplicación es el Área Contrataciones, de la Subsecretaría de Administración, de la Procuración General, sita en el 1er piso del edificio de calle 50 N° 889 / 891 de La Plata- Teléfonos: 412-1007 /1008/ 1011/1014 Mail : contrataciones@mpba.gov.ar
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es un procedimiento para evaluar, coordinar, analizar, registrar y canalizar los requerimientos en materia de infraestructura, equipamiento informático, mobiliario o equipamiento técnico científico.
¿Existe normativa?
La Procuración General dictó las Resoluciones N ° 456/03 y 01/04 estableciendo un circuito administrativo para los mencionados requerimientos.
¿Cuál es el ámbito de aplicación?
Es un procedimiento único aplicable a todas las dependencias del Ministerio Público.
¿Cómo se procede para efectuar los requerimientos?
Los requerimientos de referencia serán formulados por el Titular de la dependencia, previa conformidad del Fiscal General y/o Defensor General, Fiscal y Defensor ante el Tribunal de Casación Penal. Dichos pedidos deberán agruparse y presentarse semestralmente dentro de los primeros diez días de los meses de febrero y agosto de cada año y presentados por ante la Secretaria General.
¿Qué hace la Secretaría General?
La Secretaría General será el órgano encargado de registrar el ingreso del pedido y de conferir la intervención a las áreas técnicas o administrativas que corresponda: Área de Infraestructura; Departamento de Informática y Subsecretaría de Administración.
¿Cuándo interviene la Secretaría de Policía Judicial?
En el caso de requerimientos técnicos o científicos para tareas de investigación, también deberá darse intervención a la Secretaría de Policía Judicial.
¿Canal de relación: ampliación de Información, seguimiento y reclamo?
El organismo responsable de su aplicación es el Área Contrataciones, de la Subsecretaría de Administración, de la Procuración General, sita en el 1er piso del edificio de calle 50 N° 889 / 891 de La Plata- Teléfonos: 412-1007 /1008/ 1011/1014 Mail : contrataciones@mpba.gov.ar
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es un procedimiento para evaluar, coordinar, analizar, registrar y canalizar los requerimientos en materia de infraestructura, equipamiento informático, mobiliario o equipamiento técnico científico.
¿Existe normativa?
La Procuración General dictó las Resoluciones N ° 456/03 y 01/04 estableciendo un circuito administrativo para los mencionados requerimientos.
¿Cuál es el ámbito de aplicación?
Es un procedimiento único aplicable a todas las dependencias del Ministerio Público.
¿Cómo se procede para efectuar los requerimientos?
Los requerimientos de referencia serán formulados por el Titular de la dependencia, previa conformidad del Fiscal General y/o Defensor General, Fiscal y Defensor ante el Tribunal de Casación Penal. Dichos pedidos deberán agruparse y presentarse semestralmente dentro de los primeros diez días de los meses de febrero y agosto de cada año y presentados por ante la Secretaria General.
¿Qué hace la Secretaría General?
La Secretaría General será el órgano encargado de registrar el ingreso del pedido y de conferir la intervención a las áreas técnicas o administrativas que corresponda: Área de Infraestructura; Departamento de Informática y Subsecretaría de Administración.
¿Cuándo interviene la Secretaría de Policía Judicial?
En el caso de requerimientos técnicos o científicos para tareas de investigación, también deberá darse intervención a la Secretaría de Policía Judicial.
¿Canal de relación: ampliación de Información, seguimiento y reclamo?
El organismo responsable de su aplicación es el Área Contrataciones, de la Subsecretaría de Administración, de la Procuración General, sita en el 1er piso del edificio de calle 50 N° 889 / 891 de La Plata- Teléfonos: 412-1007 /1008/ 1011/1014 Mail : contrataciones@mpba.gov.ar